Los bancos ahora serán más flexibles en el desembolso de los créditos para vivienda, según decreto del Gobierno Nacional.
A estrenar casa. El Ministerio de Vivienda expidió recientemente un decreto que obliga a los bancos a flexibilizar el monto de los créditos para comprar casa.
En Colombia existen varias alternativas para adquirir un inmueble propio, ya sea de interés social (VIS), Vivienda de Interés Prioritario (VIP) o de casa usada.
Las cajas de compensación familiar, las entidades financieras como el Fondo Nacional del Ahorro, los programas del Gobierno y las alcaldías, y los bancos, ofrecen diferentes tipos de financiación para adquirir una vivienda propia.
Subsidios y créditos a ciertos porcentajes y plazos conforme al nivel socioeconómico y las capacidades adquisitivas de los interesados en convertirse en dueños, son las posibilidades que se tienen para comprar casa.
Para facilitar el acceso de dichas condiciones, sobre todo con los bancos en Colombia, el Gobierno expidió recientemente la normativa 0538 de 2025, que obliga a entidades como Bancolombia, y Davivienda a flexibilizar su cuota de financiamiento.
Nueva ley permite que den más plata para comprar vivienda
De acuerdo con la normativa emitida el 25 de mayo, las entidades podrán financiar hasta el 70 % del valor del inmueble. Dicho porcentaje será el precio de la compra o el de un avalúo practicado dentro de los seis meses anteriores al otorgamiento del crédito
En el caso de “los créditos destinados a la financiación de vivienda de interés social, se podrá costear hasta el 80 % del valor del inmueble”.
El gran cambio está reflejado en la modificación del porcentaje del RCI (relación cuota-ingreso), el presupuesto en ingresos que una persona o familia tiene o puede destinar para cancelar mes a mesa la cuota del crédito.
En ese sentido, “el límite de la primera cuota ya no será de máximo 30 %, como antes, sino de un 40 %, para todo tipo de vivienda, tanto nueva como usada”. Esto significa que las personas ahora pueden tener acceso a una cuota más alta, lo que representa un monto de préstamo mayor. Hasta ahora, el RCI del 40 % solo aplicaba para viviendas de interés prioritario (VIP) y viviendas de interés social (VIS). Con esta nueva disposición, la medida se extiende a viviendas no VIS y usadas, generando condiciones más equitativas para los compradores. Esto también aplica a los créditos hipotecarios y el leasing habitacional.
Nathalia Gámez Parra
Red+